Suele mencionarse a la responsabilidad civil contractual cada vez que, en un contrato, una de las partes contractuales incumple cualquiera de las obligaciones asumidas, generando daños patrimoniales y/o extrapatrimoniales a su contraparte que deben ser resarcidos.
Los abogados hablan sobre la responsabilidad civil contractual cuando existe un incumplimiento total o un cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de cualquiera de las prestaciones contenidas en un contrato. No obstante, la responsabilidad civil contractual no es solo la constatación del incumplimiento de la obligación contractual.
Las normas de responsabilidad civil contractual pueden resumirse como el conjunto de consecuencias legales vinculadas con el resarcimiento de los daños patrimoniales y/o extrapatrimoniales sufridos por una de las partes contractuales como consecuencia del incumplimiento contractual de su contraparte. Por esta razón, en Vega & Abogados consideramos relevante que todo gerente de empresa se encuentre familiarizado con esta institución jurídica.
¿Qué es la responsabilidad civil contractual?
Es el sistema de resarcimiento que tutela a toda persona natural o jurídica a través del pago de una indemnización a su favor por el sufrimiento de daños patrimoniales y/o extrapatrimoniales generados por el incumplimiento contractual de su contraparte.
¿Cuáles son los elementos de procedencia para determinar la responsabilidad civil contractual de una persona natural o jurídica?
Para determinar la responsabilidad civil contractual, se debe cumplir y comprobar conjuntamente los siguientes elementos:
- El daño: Se refiere a la afectación y/o detrimento materiales o no materiales, patrimoniales o extrapatrimoniales, sufridos por una persona natural o jurídica. El daño debe ser (i) cierto, es decir, comprobado fácticamente con sus consecuencias; (ii) subsistente, es decir, no reparado con anterioridad al momento del reclamo de resarcimiento; (iii) especial, es decir, reclamado por quien efectivamente sufrió el daño; e, (iv) injusto, es decir, prohibido por la ley. Asimismo, conforme lo dispuesto por los artículos 1321° y 1322° del Código Civil, el daño emergente (patrimonial), el lucro cesante (patrimonial) y el daño moral (extrapatrimonial) son resarcibles.
- El hecho generador: Se refiere al evento relacionado con la producción del daño. En materia contractual, este hecho significa el incumplimiento total o el cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de una obligación contractual.
- El nexo causal: Se refiere a la relación causa efecto entre el hecho generador y el daño. En materia contractual, conforme lo dispuesto por el artículo 1321° del Código Civil, esta relación debe ser directa e inmediata.
- La imputabilidad: Se refiere a la asignación de las consecuencias económicas del daño al causante. En material contractual, el causante se vuelve responsable del daño frente a la víctima si actuó con dolo (artículo 1318° del Código Civil), culpa inexcusable (artículo 1319° del Código Civil) o culpa leve (artículo 1320° del Código Civil). Asimismo, el causante no se vuelve responsable si el daño se genera por causa no imputable al causante, como, por ejemplo, por caso fortuito y/o fuerza mayor, por causa de tercero ajeno al causante o por causa de la víctima. Por último, conforme lo dispuesto por el artículo 1321° del Código Civil, el responsable por dolo y culpa inexcusable debe resarcir los daños previsibles o imprevisibles; en cambio, el responsable por culpa leve debe resarcir solamente los daños previsibles. Vale resaltar que el responsable podría no ser el causante del daño, lo cual ocurre cuando el deudor se vale de terceros para ejecutar las obligaciones asumidas en su contrato, conforme se dispone en el artículo 1325° del Código Civil.
De esta manera, verificados los elementos de la responsabilidad civil contractual, la víctima tendrá derecho a solicitar el resarcimiento por los daños y perjuicios generados por el incumplimiento contractual del causante responsable.
¿Cuáles son las consecuencias legales de la responsabilidad civil contractual?
La tutela resarcitoria de la responsabilidad civil contractual busca reparar y/o mitigar los daños patrimoniales y/o extrapatrimoniales sufridos por la víctima como consecuencia del incumplimiento contractual del causante responsable. En ese sentido, la consecuencia legal por excelencia es la facultad de la víctima de solicitar la indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
Ahora bien, el ordenamiento peruano permite que el resarcimiento (indemnización) pueda llevarse a cabo de las siguientes maneras:
- Reparación por equivalente: Se refiere a un resarcimiento (indemnización) basada en una asignación de valor dinerario de la utilidad perdida como consecuencia del daño sufrido. A manera de ejemplo, si por el incumplimiento contractual la víctima sufrió la pérdida de un bien mueble valorizado en dos mil soles, dicha víctima podrá solicitar como indemnización el pago de dos mil soles.
- Reparación en forma específica: Se refiere a un resarcimiento (indemnización) basada en una sustitución de la utilidad perdida como consecuencia del daño sufrido por una nueva utilidad idéntica. A manera de ejemplo, si por el incumplimiento contractual la víctima sufrió la pérdida de un bien mueble valorizado en dos mil soles, dicha víctima podrá solicitar como indemnización la entrega de un bien mueble con las mismas características en lugar del pago de dos mil soles.
Vale resaltar que un incumplimiento contractual no necesariamente genera daños patrimoniales y/o extrapatrimoniales y, por ende, la indemnización correspondiente. Ante un incumplimiento contractual, el perjudicado tendrá los remedios contractuales y/o legales para continuar con el contrato y exigir la ejecución de la obligación incumplida, o dejar sin efectos dicho contrato a través de la resolución. Ahora bien, si este incumplimiento contractual genera a su vez daños al perjudicado, este último se encontrará facultado a solicitar la indemnización por los daños y perjuicios correspondientes, aparte de los remedios contractuales y/o legales mencionados.
A la hora de que se presente el incumplimiento de cualquier obligación contractual que genere daños patrimoniales y/o extrapatrimoniales, lo mejor es buscar asesoría legal especializada antes de empezar los reclamos contra la otra parte.
Las gestiones legales no solo ayudan a las compañías a evaluar los mejores escenarios para obtener un adecuado resarcimiento por los daños sufridos, sino también a evitar largos procesos judiciales en aquellos casos donde resulte más sencillo, expedito y beneficioso pactar un acuerdo.